sábado, 7 de diciembre de 2013
ORGANIZACIONES DENUNCIAN AL ESTADO MEXICANO POR CASO DE LA RADIO COMUNITARIA RADIO TIERRA Y LIBERTAD
México, 5 de diciembre
de 2013
La Red de Radios
Comunitarias, A.C./AMARC México y el Observatorio Mexicano
de Derechos Humanos A.C. (OMDHAC) denunciaron al Estado Mexicano ante la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por violaciones a los
derechos humanos en contra de la radiodifusora comunitaria “Radio Tierra y
Libertad” de Monterrey, Nuevo León.
Los hechos se remontan al 6 de junio de 2008, cuando al término de
la transmisión del programa de “Los pequeños locutores”, donde niños de la
comunidad conversaban acerca de sus derechos, más de 250 policías federales con
armas largas irrumpieron en la radio para desmantelarla y clausurarla a
consecuencia de una denuncia de la Secretaría de Gobernación que originó la
averiguación previa 83/UEIDAPLE/2/2008.
Es importante
recordar que desde el 8 de noviembre de 2002, los integrantes de la radio
comunitaria habían presentado una solicitud para que se les concediera el
permiso de transmitir. Pero ante la ausencia de una respuesta efectiva por
parte de las autoridades, decidieron seguir con las transmisiones en ejercicio
de su derecho a la libertad de expresión.
Para casos de radios que operan sin permiso, la autoridad aplica
de manera arbitraria y discriminatoria ya sean sanciones administrativas o
penales sin que hasta la fecha sean claros los criterios de decisión.
El 29 de octubre de
2010 el Juez Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
condenó a Héctor Camero Haro a dos años de prisión (con beneficios de condena
condicional). El caso llegó hasta la Primera Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación pero sin que se pudieran obtener beneficios para la radio
comunitaria.
Para la comunidad de Tierra y Libertad la importancia de la radio
comunitaria es tal que insistieron en obtener un permiso de transmisión y a
pesar de las falencias de la Ley Federal de Radio y Televisión finalmente
pudieron salir al aire en la frecuencia de 98.5 de FM, pero con potencia
reducida.
Para los abogados
que llevan el caso, Gisela Martínez de AMARC MÉXICO y Carlos Treviño Vives de
OMDHAC, existieron diversas violaciones a los derechos humanos: libertad de
expresión (por el cierre y el permiso en baja potencia), debido proceso (por la
aplicación desproporcionada y abusiva del derecho penal), derecho de igualdad
(por el trato discriminatorio que ha sufrido la radio), entre otros.
De acuerdo al reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión tendrá que hacer una revisión
inicial para decidir la admisibilidad del caso. De ser así, el caso pasará al
procedimiento sobre el fondo donde los peticionarios y el Estado presentarán
las observaciones que consideren pertinentes y de ser necesario apelaran a la
máxima instancia que es la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Para mayor información
escribir a:
Carlos Treviño - OMDHAC
Gisela Martínez – AMARC-Mx
María Eugenia Chávez Fonseca
Tel: 55 56724961
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