sábado, 7 de diciembre de 2013

ORGANIZACIONES DENUNCIAN AL ESTADO MEXICANO POR CASO DE LA RADIO COMUNITARIA RADIO TIERRA Y LIBERTAD

México, 5 de diciembre de 2013


La Red de Radios Comunitarias, A.C./AMARC México y el Observatorio Mexicano de Derechos Humanos A.C. (OMDHAC) denunciaron al Estado Mexicano ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por violaciones a los derechos humanos en contra de la radiodifusora comunitaria “Radio Tierra y Libertad” de Monterrey, Nuevo León.

Los hechos se remontan al 6 de junio de 2008, cuando al término de la transmisión del programa de “Los pequeños locutores”, donde niños de la comunidad conversaban acerca de sus derechos, más de 250 policías federales con armas largas irrumpieron en la radio para desmantelarla y clausurarla a consecuencia de una denuncia de la Secretaría de Gobernación que originó la averiguación previa 83/UEIDAPLE/2/2008.

Es importante recordar que desde el 8 de noviembre de 2002, los integrantes de la radio comunitaria habían presentado una solicitud para que se les concediera el permiso de transmitir. Pero ante la ausencia de una respuesta efectiva por parte de las autoridades, decidieron seguir con las transmisiones en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión.

Para casos de radios que operan sin permiso, la autoridad aplica de manera arbitraria y discriminatoria ya sean sanciones administrativas o penales sin que hasta la fecha sean claros los criterios de decisión.

El 29 de octubre de 2010 el Juez Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León condenó a Héctor Camero Haro a dos años de prisión (con beneficios de condena condicional). El caso llegó hasta la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación pero sin que se pudieran obtener beneficios para la radio comunitaria.

Para la comunidad de Tierra y Libertad la importancia de la radio comunitaria es tal que insistieron en obtener un permiso de transmisión y a pesar de las falencias de la Ley Federal de Radio y Televisión finalmente pudieron salir al aire en la frecuencia de 98.5 de FM, pero con potencia reducida.

Para los abogados que llevan el caso, Gisela Martínez de AMARC MÉXICO y Carlos Treviño Vives de OMDHAC, existieron diversas violaciones a los derechos humanos: libertad de expresión (por el cierre y el permiso en baja potencia), debido proceso (por la aplicación desproporcionada y abusiva del derecho penal), derecho de igualdad (por el trato discriminatorio que ha sufrido la radio), entre otros.

De acuerdo al reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión tendrá que hacer una revisión inicial para decidir la admisibilidad del caso. De ser así, el caso pasará al procedimiento sobre el fondo donde los peticionarios y el Estado presentarán las observaciones que consideren pertinentes y de ser necesario apelaran a la máxima instancia que es la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


Para mayor información escribir a:
Carlos Treviño - OMDHAC
Gisela Martínez – AMARC-Mx
María Eugenia Chávez Fonseca

Tel: 55 56724961

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