Casos que demuestran que en México la
libertad de expresión solo puede sobrevivir bajo un acecho constante.viernes, 7 de marzo de 2014
En Veracruz el Estado mexicano no detiene los asesinatos de periodistas, sólo detiene a operadores de radios comunitarias
· * Amarc-Mx exige el cese de los procesos penales que
criminalizan la libre expresión.
· * Preocupante el uso de procesos penales para acallar
a quienes abren sus propios medios de comunicación
México, D.F., a 7 de marzo de 2014.- El pasado martes mediante una
caución de 25,000 pesos (1,900 dls aproximadamente) fue liberada la
comunicadora comunitaria Alma Delia Olivares Castro, sin embargo el proceso
penal en su contra continúa.
Alma fue detenida el pasado viernes 28
de febrero y trasladada desde Veracruz hasta el penal federal femenil de
mediana seguridad El Rincón ubicado en Tepic, Nayarit. Luego de permanecer 5
días encarcelada su familia pagó la fianza y podrá seguir su proceso penal en
libertad.
Los cargos iniciales fueron por
contaminación auditiva, un delito inexistente en la legislación mexicana y
posteriormente reclasificados al delito de uso indebido de un bien de la
nación.
Cabe resaltar que el cierre de la radio
fue resultado de un procedimiento administrativo contemplado en la Ley Federal
de Radio y Televisión y que tiene como sanción la imposición de una multa, que
en este caso fue por 29,000 pesos, mismos que fueron pagados para dar por
concluido el procedimiento.
De desprenderse que el proceso penal por
el cual fue encarcelada recientemente Alma Delia es resultado del cierre de la
radio, significaría que hay una grave violación a sus derechos humanos,
concretamente al debido proceso, pues nadie puede ser juzgado dos veces por el
mismo delito.
La Amarc-Mx rechaza categóricamente el
uso abusivo del derecho penal para sancionar el ejercicio del derecho a la
libertad de expresión pues las radios comunitarias, como lo ha señalado la ONU,
son medios que posibilitan que las comunidades se expresen y contribuyen a la
construcción de la democracia en el país.
Alma se suma a Paola Ochoa, Juan José
Hernández Andrade de Paso del Macho, Veracruz; Héctor Camero de
Monterrey, Nuevo León y una larga lista de comunicadores y comunicadoras
comunitarias con procesos penales en su contra por atreverse a abrir su propio
medio de comunicación.
Casos que demuestran que en México la
libertad de expresión solo puede sobrevivir bajo un acecho constante.
María Eugenia Chávez Fonseca
Coordinadora de la Oficina Ejecutiva en
México
Gisela Martínez. Jurídico
AMARC-México
Tel.: 56 72 49 61
miércoles, 19 de febrero de 2014
Radios Comunitarias: a 4 años de la última entrega de permisos
Hace 4 años, el 19 de
febrero de 2010, el segundo grupo de Radios Comunitarias promovido por
Amarc México para obtener el permiso de transmisión ante la Cofetel,
logró vencer la pesada resistencia combinada de trabas burocráticas e
intereses económicos, para recibir por fin los documentos
que autorizan el acceso al espectro radio eléctrico sin la zozobra de
las amenazas de despojo del equipo, del cierre de las radios y hasta del
castigo penal por hacer uso del derecho de libre expresión, información y comunicación.
Radio Xalli, de Palmar de Bravo, Radio Tepoztlán, de Tepoztlán, Mor., Radio Evolución, de Otumba, EdoMex, Radio Rélax, de Cd. Neza, EdoMex, Zaachila Radio de Zaachila, Oax. y Radio Tierra y Libertad de Monterrey, N.L., fuimos los convocados.
Era la culminación de muchos esfuerzos, de ilusiones que parecían desvanecerse al convertirse los días de espera en años, de la tentación por arriesgar el resto ante la arrogante negligencia de la burocracia. Para materializar esos esfuerzos, la labor de la Oficina, con la paciente asesoría, acompañamiento y gestión del Jurídico y el empeño y compromiso de Aleida Calleja, no pueden ni deben olvidarse.
Sin embargo, en esta segunda autorización, el Estado mexicano impuso una muestra palpable del trato discriminatorio y déspota que le han caracterizado frente a las luchas populares. Si no puede negarse totalmente a reconocer los derechos ganados a pulso por la ciudadanía, sí puede limitarlos al mínimo posible, hasta hacerlos casi desparecer.
Así, de las seis radios permisionadas el 19 de febrero, todas, excepto Xalii con 300 watts, recibimos permisos con bajísimas potencias: R. Tepoztlán 164 y las cuatro restantes sólo 20 watts de potencia total. En el primer grupo, de 10 radios permisionadas, solo dos recibieron potencias
menores a 200 watts: Cultural y Ecos de Manantlán, con 150 watts cada una; en cambio cuatro tuvieron permisos para transmitir con 500 y 1000 watts..
La pertenencia a una red, entre otras ventajas, debe traducirse en una permanente solidaridad para no permitir esas desigualdades, a menos, claro está, que los solicitantes -por el motivo que sea- decidan que aspiran a una potencia reducida. En el evento mismo del 2010, Adán López de Zaachila Radio expresó la inconformidad de los presentes, pero el organismo colectivo no hizo ninguna declaración sobre este trato injusto.
De eso se trata en la actual situación, en vísperas de una discusión y aprobación de una ley secundaria que no llega: de manifestar expresamente nuestra oposición a que se siga discriminando a las radios comunitarias e indígenas con bajas potencias, de defender la demanda de reserva del 30 % del espectro para las concesiones sociales, con requisitos técnicos y económicos accesibles y equitativos, de manera que las solicitudes sean resueltas en plazos razonablemente breves, comenzando con quienes tienen ya sus expedientes completos y sufren, otra vez, la despótica fila de espera.
Se trata también de fortalecer la sustentabilidad de estas radios, exigiendo que al reconocimiento de su función social corresponda el apoyo con fondos públicos y el derecho a la publicidad sin carácter de lucro, sin pretender atentar por ello contra el carácter independiente y la autonomía de los colectivos; se trata, en fin, de erradicar la actual criminalización del derecho de libre expresión mediante la aplicación de la Ley General de Bienes Nacionales contra las y los radialistas que transmiten sin autorización, dirigiendo el proceso hacia la regularización y no a la desaparición y castigo de estas radios si cumplen con el perfil que exige la ley.
En resumen: no solo por lo que han hecho con (contra) nosotros, sino por la visión estratégica que amerita el tardío pero ya declarado reconocimiento del sector social, por todos los medios a nuestro alcance, comenzando con nuestros propios espacios, a través de spots, programas especiales, audios compartidos, etc., y apoyándonos en los defensores sinceros de los derechos de libre expresión, información y comunicación, nuestras demandas por una ley democrática debían enfocarse en este sentido: no más comunitarias e indígenas *pequeñas* por bajas potencias arbitrarias; no más comunitarias e indígenas *pobres* por falta de financiamiento público y privado; no más comunitarias e indígenas *pocas*, por requisitos inalcanzables, sino apertura a cientos de estas radios para conformar un activo sector social de la comunicación en todo el territorio nacional, y no más comunitarias *perseguidas o penalizadas*.
Los enemigos de la libertad de expresión del pueblo nos han limitado al mínimo, pero nuestra razón y el potencial popular son muy grandes, no nos limitemos nosotros mismos.
Radio Xalli, de Palmar de Bravo, Radio Tepoztlán, de Tepoztlán, Mor., Radio Evolución, de Otumba, EdoMex, Radio Rélax, de Cd. Neza, EdoMex, Zaachila Radio de Zaachila, Oax. y Radio Tierra y Libertad de Monterrey, N.L., fuimos los convocados.
Era la culminación de muchos esfuerzos, de ilusiones que parecían desvanecerse al convertirse los días de espera en años, de la tentación por arriesgar el resto ante la arrogante negligencia de la burocracia. Para materializar esos esfuerzos, la labor de la Oficina, con la paciente asesoría, acompañamiento y gestión del Jurídico y el empeño y compromiso de Aleida Calleja, no pueden ni deben olvidarse.
Sin embargo, en esta segunda autorización, el Estado mexicano impuso una muestra palpable del trato discriminatorio y déspota que le han caracterizado frente a las luchas populares. Si no puede negarse totalmente a reconocer los derechos ganados a pulso por la ciudadanía, sí puede limitarlos al mínimo posible, hasta hacerlos casi desparecer.
Así, de las seis radios permisionadas el 19 de febrero, todas, excepto Xalii con 300 watts, recibimos permisos con bajísimas potencias: R. Tepoztlán 164 y las cuatro restantes sólo 20 watts de potencia total. En el primer grupo, de 10 radios permisionadas, solo dos recibieron potencias
menores a 200 watts: Cultural y Ecos de Manantlán, con 150 watts cada una; en cambio cuatro tuvieron permisos para transmitir con 500 y 1000 watts..
La pertenencia a una red, entre otras ventajas, debe traducirse en una permanente solidaridad para no permitir esas desigualdades, a menos, claro está, que los solicitantes -por el motivo que sea- decidan que aspiran a una potencia reducida. En el evento mismo del 2010, Adán López de Zaachila Radio expresó la inconformidad de los presentes, pero el organismo colectivo no hizo ninguna declaración sobre este trato injusto.
De eso se trata en la actual situación, en vísperas de una discusión y aprobación de una ley secundaria que no llega: de manifestar expresamente nuestra oposición a que se siga discriminando a las radios comunitarias e indígenas con bajas potencias, de defender la demanda de reserva del 30 % del espectro para las concesiones sociales, con requisitos técnicos y económicos accesibles y equitativos, de manera que las solicitudes sean resueltas en plazos razonablemente breves, comenzando con quienes tienen ya sus expedientes completos y sufren, otra vez, la despótica fila de espera.
Se trata también de fortalecer la sustentabilidad de estas radios, exigiendo que al reconocimiento de su función social corresponda el apoyo con fondos públicos y el derecho a la publicidad sin carácter de lucro, sin pretender atentar por ello contra el carácter independiente y la autonomía de los colectivos; se trata, en fin, de erradicar la actual criminalización del derecho de libre expresión mediante la aplicación de la Ley General de Bienes Nacionales contra las y los radialistas que transmiten sin autorización, dirigiendo el proceso hacia la regularización y no a la desaparición y castigo de estas radios si cumplen con el perfil que exige la ley.
En resumen: no solo por lo que han hecho con (contra) nosotros, sino por la visión estratégica que amerita el tardío pero ya declarado reconocimiento del sector social, por todos los medios a nuestro alcance, comenzando con nuestros propios espacios, a través de spots, programas especiales, audios compartidos, etc., y apoyándonos en los defensores sinceros de los derechos de libre expresión, información y comunicación, nuestras demandas por una ley democrática debían enfocarse en este sentido: no más comunitarias e indígenas *pequeñas* por bajas potencias arbitrarias; no más comunitarias e indígenas *pobres* por falta de financiamiento público y privado; no más comunitarias e indígenas *pocas*, por requisitos inalcanzables, sino apertura a cientos de estas radios para conformar un activo sector social de la comunicación en todo el territorio nacional, y no más comunitarias *perseguidas o penalizadas*.
Los enemigos de la libertad de expresión del pueblo nos han limitado al mínimo, pero nuestra razón y el potencial popular son muy grandes, no nos limitemos nosotros mismos.
viernes, 14 de febrero de 2014
Efraín Calderón Lara: a 40 años de su asesinato, su ejemplo más vivo que nunca
Hay nombres de personas que deben ser protegidos contra el olvido.
Perderlos de la memoria colectiva significa la pérdida no solo de individuos
ejemplares, sino de épocas completas de esfuerzos ingentes y esperanzas y
logros de las masas, épocas que en perspectivas no son sino destellos, pero precisamente
por ello siempre pueden servir para iluminar oscuros momentos como los
actuales.
A esa categoría pertenece la memoria de Efraín Calderón Lara. Ejemplo
del universitario que entrega sus conocimientos al servicio del pueblo, Calderón
Lara, joven egresado de la Universidad Autónoma de Yucatán realizó una
infatigable labor de organización, asesoría y acompañamiento a las luchas de
las y los trabajadores de aquel Estado en los agitados años de la insurgencia
sindical mexicana.
En su corta pero intensa vida profesional, fue el organizador de los sindicatos
independientes de conductores de autobuses, de trabajadores de las gasolineras,
de zapateros y panaderos, de los estibadores de las tiendas Conasupo y de los
empleados de la Universidad Autónoma de Yucatán; dedicó sus mayores esfuerzos a
los trabajadores más indefensos y empobrecidos como eran los de la industria de
la construcción, y aún se dio tiempo para asesorar en sus múltiples problemas a
los colonos de los barrios proletarios de la capital y sus alrededores.
Eran los años del mayor poder de las mafias sindicales, representadas en
Yucatán por los líderes vende-obreros de la CTM y la CROC; éstas, junto con los
voraces patrones capitalistas y su representante en el Gobierno estatal, en
aquel entonces Carlos Loret de Mola, veían ya en la actividad de Calderón Lara
un peligro mortal para sus intereses.
Intentaron primero comprarlo, ofreciéndole jugosos bienes materiales,
luego importantes cargos, cañonazos que se estrellaron en la incorruptible
honestidad del joven abogado apodado “El Charras” por sus camaradas.
Calderón Lara pudo advertir que el odio de quienes se sentían afectados
por su labor había llegado a extremos de desesperación. Presintiendo un riesgo
inminente, escribió a su madre:
““El
Gobernador ha intentado convencerme de que abandone mi causa, primero mediante
puestos oficiales y después mediante cohechos. Como he rechazado unos y otros
ha recurrido a las presiones y las amenazas. Creo que ahora el Gobernador se
dispone a atacarme directamente. El es periodista, no político. Sus puestos los
ha logrado mediante su pluma a veces obsequiosa, a veces venenosa, según
sea el caso y su conveniencia personal. Todos saben que cambia sin ningún
escrúpulo de camiseta y que no tiene más convicción que la de sus intereses.
Ahora lo presionan por varios frentes y no sabe qué rumbo tomar. Es temeroso,
es inseguro. Eso me alarma más pues nunca sabes cómo va a reaccionar ese tipo
de gente”.
La madrugada del 13 de febrero de 1974, Efraín Calderón Lara fue secuestrado
por elementos de Seguridad pública del Estado y sometido a brutales torturas,
que incluyeron golpes hasta desfigurarlo, quemaduras de cigarrillos y heridas
con picahielos en todas partes del cuerpo, mutilación de los testículos, hasta
ultimarlo de un disparo en la cabeza.
Su cuerpo fue encontrado varios días después y el día 20 de febrero
sepultado en medio de una multitud indignada de miles de trabajadores,
estudiantes de la UAY y hombres y mujeres del pueblo sencillo que exigían el
castigo a los culpables y la caída del Gobernador. El estudiantado de la
Universidad se lanzó a un paro que se extendió por dos meses, hasta obligar al
gobernador Loret de Mola a enviar a prisión como presuntos responsables a los
directivos y agentes de la Dirección de Seguridad Pública, mientras escurrían
el bulto los verdaderos culpables a los ojos de la población: los dueños de dos
empresas de la construcción, los líderes de la CTM y la CROC y el propio
gobernador.
A 40 años de su muerte, se preparan en Yucatán homenajes en memoria de
este combativo y solidario universitario. Su lucha comprometida hasta la muerte
debe ser conocida y recordada por todo lo que haya de digno en todos los
rincones del territorio mexicano.
Datos consultados en: Echeverría V., Pedro (1999): El gobierno de Loret y el asesinato del "Charras" Revista Latina de Comunicación Social, 14. http://www.ull.es/publicaciones/latina/a1999c/132echeve.htm
Datos consultados en: Echeverría V., Pedro (1999): El gobierno de Loret y el asesinato del "Charras" Revista Latina de Comunicación Social, 14. http://www.ull.es/publicaciones/latina/a1999c/132echeve.htm
jueves, 13 de febrero de 2014
Ni el frío ni la lluvia congelaron la ardiente exigencia de ¡Pensión universal!
400 trabajadoras y trabajadores en retiro convocadas por la AC "Tierra y Libertad" desafiaron el pasado 11 de febrero uno de
los peores días del invierno regiomontano para continuar el movimiento en
demanda de la PENSIÓN UNIVERSAL prometida por el candidato Enrique Peña Nieto durante
el debate del 6 de mayo de 2012, incumplida por el Presidente Peña Nieto ya
apoltronado en la silla presidencial.
Otros tantos, o quizás más, sí tuvieron que abrir el
paréntesis para evitar sufrir los riesgos por la precaria salud de los cuerpos
ya cansados por toda una vida de duro trabajo, pero advierten: ¡pronto tomaremos
nuestro sitio en la batalla!
Por tercera ocasión el elegante vestíbulo del Condominio Acero, donde se ubican las
oficinas de Sedesol federal, se vio colmado por una multitud que contrastaba
por su digna pobreza con el lujoso entorno y el tufo a burocracia y a negocios.
Y por segunda ocasión, el Delegado federal Pablo Elizondo
García eludió hacer frente a la demanda.
En verdad. un funcionario que gana en un solo día el equivalente al doble de la
pensión con la cual un trabajador en retiro debe tratar de resolver sus necesidades
básicas durante todo un mes, nada puede
argumentar que pueda someter en la resignación al pensionado.
No sólo eso. La aceptación por la Sedesol Federal de los
pensionados y pensionadas en los límites inferiores a 1, 092 pesos mensuales dentro del programa 65 y Más, implica
ya de por sí un primer paso todavía muy restringido, pero un paso al fin, hacia
el objetivo de abrir la puerta a todas y todos los pensionados, sin ninguna
condición que no sea la de contar con 65 años cumplidos.
México es un país con las jornadas de trabajo más extensas y
más mal pagadas del mercado capitalista internacional; sus pensiones que apenas
abarcan a un tercio de la población laboriosa son una vergüenza, reflejo a su
vez de las condiciones de estricto control a la que se ve sometida la clase
obrera mexicana por la triada infernal: patrones, líderes vende-obreros y
gobierno.
La compensación a las pensiones miserables con los programas
de apoyo estatal y federal no representa sino la devolución de una ínfima parte de la
riqueza social que millones de trabajadoras y trabajadores rinden diariamente a
lo largo de su vida productiva. La
pensión por edad, a todas y todos los mayores de 65 años deben aplicarse sin
más demora, eliminando el injusto y discriminatorio requisito de no contar con
alguna pensión.
viernes, 31 de enero de 2014
Ni pocas, ni pequeñas, ni pobres, ni penalizadas: la ley secundaria debe acabar con la discriminación de las radios comunitarias e indígenas
El próximo 4 de febrero inicia el
período de sesiones de la Cámara de Diputados, y al parecer, en éste sí tendrá
lugar la discusión y aprobación de la Ley Secundaria de Radiodifusión y
Telecomunicaciones que no vio la luz en su fecha original que tenía por límite
el 9 de diciembre próximo pasado.
Indudablemente, la atención de la
mayoría de los medios, de los analistas y del público guiado por ellos, estará
enfocada a las disposiciones que puedan afectar o favorecer los intereses de
los grandes consorcios capitalistas que han levantado poderosos emporios al
monopolizar los mercados de la radiodifusión y las telecomunicaciones. Multitud
de medianos y pequeños inversionistas exigen un lugar en el reparto, a nombre
de la libre competencia y, por qué no, de la democratización de los medios.
Esa atención concentrada en el destino
del sector económicamente más productivo de las más importantes herramientas de
la comunicación moderna pudiera derivar, por el contrario, en una flojedad o
peor aún, en una interesada parcialidad legislativa que en la reglamentación sofoque
al apenas recién reconocido sector de uso social de la comunicación, que
incluye a los medios comunitarios e indígenas.
Para nadie es un secreto la irreductible
oposición que el oligopolio radiofónico mantuvo a través de su Cámara contra
cualquier rendija legislativa o política que abriera una posibilidad de que se
colaran los medios sociales; a mayor empuje de éstos correspondió una campaña
más enconosa de aquéllos y la persecución obsecuente del Estado. Los capitalistas
privados, que exigen limitar los privilegios de los grandes monopolistas del
ramo, siguen viendo en los medios sociales a competidores que son una amenaza para sus negocios. Y mantienen aún una activa representación
en el Congreso.
De ahí la necesidad de que quienes
comprendan la relevancia del arribo cada vez mayor al uso de la radiodifusión y
las telecomunicaciones por las más amplias capas de la sociedad y en particular
por quienes crónicamente han sido privados de la posibilidad de hacer oír sus
carencias, sus reclamos, su visión de
una sociedad diferente, se mantengan atentos a este capítulo de la lucha por
una auténtica democratización de los medios.
Escribió Aleida Calleja en “Con permiso”,
su historia de las radios comunitarias de México, sobre la prejuiciosa
tendencia a minimizar las radios comunitarias con las características de “las
tres P”: pocas, pobres y pequeñas, a
las que ahora agregamos una cuarta: penalizadas,
pues hasta la primera edición de Con permiso (2005) no utilizaba el Estado
contra ellas la criminalización a través de la aplicación de la Ley de Bienes
Nacionales; de acuerdo a la Ley de Radiodifusión consideraba una infracción y
no un delito el uso del espectro sin permiso.
La iniciativa democrática de Ley Secundaria
presentada por AMEDI y adicionada por AMARC México, justamente se enfoca a echar
abajo esos prejuicios que de mantenerse en la legislación secundaria harían de
las concesiones de uso social una caricatura e invalidarían en los hechos las
libertades de expresión, información y comunicación de las grandes mayorías de
este país.
Las radios comunitarias e indígenas son pocas porque se les han exigido
requisitos técnicos y financieros inaccesibles, además de la absoluta discrecionalidad
de las autoridades en el otorgamiento de las concesiones. La nueva ley debe
establecer un régimen simplificado y
condiciones accesibles, dando preferencia a la calidad del carácter social de
los proyectos; atendiendo al papel que estos medios representan para el
desarrollo material y cultural de las comunidades, para la construcción de
ciudadanía y para la vida democrática del país, deben protegerse y más aún,
fomentarse, disponiendo para estos medios una reserva del 30 por ciento del
espacio radioeléctrico. La ley secundaria debe además saldar la deuda histórica
con los pueblos originarios, creando las condiciones para hacer valer los preceptos
contenidos en el Art. 2 Constitucional.
Las radios comunitarias e indígenas son pobres porque el Estado, cuando no
las ha podido desaparecer, ha procurado dejarlas morir por inanición, pues no
solo se trata de operarlas en calidad de voluntariado, sino de mantener equipo,
instalaciones y servicios y cumplir con los requisitos del permiso, costos que
muchas veces acaban por ahogar las mejores voluntades. La ley secundaria debe
contemplar el financiamiento con fondos públicos, que son generados por el
propio pueblo trabajador y por lo tanto deben aplicarse con pleno respeto a la
línea editorial y a la autonomía de los colectivos, así como permitir la venta
de publicidad y otras fuentes legales de financiamiento sin que ello signifique
búsqueda de lucro, para garantizar la operación, funcionamiento y mantenimiento
de las radios, su capacitación y equipamiento adecuado.
Las radios comunitarias e indígenas han
sido condenadas a ser pequeñas, en
la mayoría de los casos no por elección de sus colectivos, sino por la
arbitraria y discriminatoria decisión delas autoridades. Radio Tierra y
Libertad solicitó el permiso legal con justificación del perito para una radio
de 500 watts de potencia. Sin embargo, la Cofetel nos autorizó 20, lo mismo que
a las radios hermanas de Zaachila. Oax., Otumba. y Relax de Cd. Neza. Por
ningún motivo la ley secundaria debe
admitir ese trato hacia las concesiones sociales, subsanando los fallos
cometidos y evitando asignaciones arbitrarias de bajas potencias en contra de
lo dispuesto por los estándares internacionales aceptados por el Gobierno
mexicano.
Las radios comunitarias e indígenas han
sido penalizadas porque fueron
empujadas a trabajar fuera de los marcos legales por omisión del propio
legislador, lo que no obstó para que la persecución llegara hasta la
penalización, con la aplicación de la Ley de Bienes Nacionales, lo cual,
denuncia Amarc, constituye un castigo desproporcional y equivale a criminalizar
la libertad de expresión, por lo cual demanda la eliminación de la pena de
cárcel y se considere solo como infracción la operación de estaciones de
radiodifusión o telecomunicaciones sin concesión.
La reglamentación de las concesiones sociales
será el mejor termómetro para medir la voluntad de avanzar o no, en la democratización
de los medios. Las razones para el optimismo a este respecto no descansan en ningún
cuerpo legislativo, sino en el despertar del interés y la conciencia de los miembros de las
comunidades indígenas, rurales y urbanas por escuchar a sus semejantes y por
hacer oír su palabra.
sábado, 7 de diciembre de 2013
ORGANIZACIONES DENUNCIAN AL ESTADO MEXICANO POR CASO DE LA RADIO COMUNITARIA RADIO TIERRA Y LIBERTAD
México, 5 de diciembre
de 2013
La Red de Radios
Comunitarias, A.C./AMARC México y el Observatorio Mexicano
de Derechos Humanos A.C. (OMDHAC) denunciaron al Estado Mexicano ante la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por violaciones a los
derechos humanos en contra de la radiodifusora comunitaria “Radio Tierra y
Libertad” de Monterrey, Nuevo León.
Los hechos se remontan al 6 de junio de 2008, cuando al término de
la transmisión del programa de “Los pequeños locutores”, donde niños de la
comunidad conversaban acerca de sus derechos, más de 250 policías federales con
armas largas irrumpieron en la radio para desmantelarla y clausurarla a
consecuencia de una denuncia de la Secretaría de Gobernación que originó la
averiguación previa 83/UEIDAPLE/2/2008.
Es importante
recordar que desde el 8 de noviembre de 2002, los integrantes de la radio
comunitaria habían presentado una solicitud para que se les concediera el
permiso de transmitir. Pero ante la ausencia de una respuesta efectiva por
parte de las autoridades, decidieron seguir con las transmisiones en ejercicio
de su derecho a la libertad de expresión.
Para casos de radios que operan sin permiso, la autoridad aplica
de manera arbitraria y discriminatoria ya sean sanciones administrativas o
penales sin que hasta la fecha sean claros los criterios de decisión.
El 29 de octubre de
2010 el Juez Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
condenó a Héctor Camero Haro a dos años de prisión (con beneficios de condena
condicional). El caso llegó hasta la Primera Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación pero sin que se pudieran obtener beneficios para la radio
comunitaria.
Para la comunidad de Tierra y Libertad la importancia de la radio
comunitaria es tal que insistieron en obtener un permiso de transmisión y a
pesar de las falencias de la Ley Federal de Radio y Televisión finalmente
pudieron salir al aire en la frecuencia de 98.5 de FM, pero con potencia
reducida.
Para los abogados
que llevan el caso, Gisela Martínez de AMARC MÉXICO y Carlos Treviño Vives de
OMDHAC, existieron diversas violaciones a los derechos humanos: libertad de
expresión (por el cierre y el permiso en baja potencia), debido proceso (por la
aplicación desproporcionada y abusiva del derecho penal), derecho de igualdad
(por el trato discriminatorio que ha sufrido la radio), entre otros.
De acuerdo al reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión tendrá que hacer una revisión
inicial para decidir la admisibilidad del caso. De ser así, el caso pasará al
procedimiento sobre el fondo donde los peticionarios y el Estado presentarán
las observaciones que consideren pertinentes y de ser necesario apelaran a la
máxima instancia que es la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Para mayor información
escribir a:
Carlos Treviño - OMDHAC
Gisela Martínez – AMARC-Mx
María Eugenia Chávez Fonseca
Tel: 55 56724961
miércoles, 4 de diciembre de 2013
AMARC-México: Pronunciamiento sobre la Ley Secundaria de Radiodifusión y telecomunicaciones
México, D.F. 29 de noviembre de 2013
PRONUNCIAMIENTO DE LA ASAMBLEA DE AMARC MÉXICO SOBRE LEY SECUNDARIA DE TELECOMUNICACIONES
AL CONGRESO DE LA UNIÓN
AL EJECUTIVO FEDERAL
A LAS Y LOS COMUNICADORAS/ES COMUNITARIAS/OS E INDIGENAS
AL PUEBLO DE MEXICO
Las radios comunitarias y centros de producción comunitarios integrantes de la Red de Radios Comunitarias de México A.C./Amarc-México, exponemos ante la opinión del pueblo mexicano y ante las y los legisladores que van a tomar decisiones sobre estos temas trascendentales las siguientes consideraciones:
Aunque tardío, el reconocimiento a la lucha en México por la libertad de expresión, de comunicación y de información de la ciudadanía (desde las comunidades indígenas hasta las zonas rurales y los barrios obreros a través un medio como la radiodifusión, aprovechado y explotado durante más de ocho décadas exclusivamente por un pequeño y privilegiado sector de la población) ocurrió por fin durante el pasado período de sesiones, cuando el Congreso de la Unión reconoció constitucionalmente la existencia del sector social de la comunicación, integrado por los medios indígenas y comunitarios.
Para alcanzar este reconocimiento, las y los comunicadores que buscaban servir desinteresadamente a sus comunidades a través de este medio, tuvieron que soportar largos años de gestiones sin respuesta, discriminación y despojo de sus modestos equipos, persecución y cárcel para quienes trataban de hacer uso de un derecho legítimo: el derecho de toda persona a “expresarse libremente y a buscar, recibir y difundir información a través de cualquier medio de su elección”, signado en los convenios internacionales por el gobierno mexicano, pero no reconocido legalmente en la Ley superior de este país.
El día de hoy, sin embargo, no tenemos seguridad de que la Ley Secundaria vaya a respaldar en su texto el pleno sentido de la incorporación del sector social de la comunicación, al pretender algunas iniciativas restringir el derecho de libre expresión, comunicación e información, a través de medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales de la potencia o frecuencias radioeléctricas o por otros medios encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones, cuando dichas restricciones están ya formalmente prohibidas por el Artículo 7 Constitucional.
Esas restricciones son tanto más inaceptables, cuando la propia iniciativa del Presidente de la República en su exposición de motivos para la reforma constitucional, se apoyó en la Declaración de Principios de la Cumbre Mundial sobre la sociedad de la información, ( Ginebra 2003), la cual plantea “como un desafío para las naciones aprovechar el potencial de las tecnologías de la información para promover los objetivos de desarrollo, en particular, erradicar la pobreza extrema y el hambre, lograr la educación primaria universal, promover la equidad entre géneros y el empoderamiento de las mujeres, reducir la mortandad infantil, mejorar la salud materna, combatir el VIH y otras enfermedades, asegurar un medio ambiente sustentable y en general… mejor calidad de vida para todos”, objetivos que, entre otros, son el puntal de las radios indígenas y comunitarias en su quehacer diario.
Es en función de cumplir con esos objetivos, que la Ley Secundaria debe hacer realidad lo expresado en la propia iniciativa presidencial cuando expuso “Las condiciones de las nuevas tecnologías han obligado a una reformulación del contenido tradicional de las libertades de expresión y de difusión. Hoy se considera que la garantía de estas libertades no sólo implica el deber de abstención del Estado de interferir en su acceso o contenidos, sino que se extiende a su obligación de evitar que estos derechos sean limitados por terceros y promover las condiciones necesarias para el goce efectivo de los mismos”.
En conclusión, la Asamblea Nacional de la AMARC México demanda al Poder Legislativo que en lo que concierne al Sector Social de la Comunicación en México, la Ley Secundaria incluya los siguientes puntos:
1) La adjudicación de frecuencias de uso social en ningún caso serán afectadas por limitaciones arbitrarias tales como bajas potencias, restricciones de uso de banda o cobertura geográfica.
2) Que dejen de perseguirse y castigarse penalmente a quienes por las omisiones y deficiencias de una legislación caduca hicieron uso sin permiso del espectro radioeléctrico, sin fines de lucro y con probado objetivo de dar servicio a la comunidad, de manera que la sanción sea administrativa buscando la corrección de la falta y la regulación del servicio.
3) Que como ha definido la SCJN “la función social de los servicios de telecomunicaciones y de la radiodifusión reside en su reconocimiento como instrumentos para hacer efectivo el ejercicio de los derechos fundamentales”, considerando que esta labor la desempeñan cabalmente las radios comunitarias e indígenas, que además debidamente fortalecidas pueden desempeñarse a lo largo y ancho de todo el territorio nacional, se reserve un 30 por ciento del espectro radioeléctrico para el sector social de la comunicación.
4) Que para crear las condiciones necesarias para el goce efectivo de los derechos de libre expresión, comunicación e in formación a través de las radios indígenas y comunitarias, se brinden todas las facilidades de acceso a las concesiones sociales cubriendo los requisitos elementales, se facilite e instruya en el acceso a las tecnologías incluyendo la tecnología digital,y se apoye con un fondo público la operación y mantenimiento de las radios indígenas con pleno respeto a su autonomía, por la relevancia de estos medios para preservar y desarrollar la cultura de los pueblos originarios pero sobre todo como una contribución al pago de la enorme deuda histórica que la Nación mexicana tiene hacia estos pueblos; así como para apoyo de la operación y mantenimiento de las radios comunitarias, dedicadas a promover y defender los derechos humanos fundamentales de las comunidades pobres de la ciudad y del campo.
La AMARC llama a las y los legisladores a cumplir con las expectativas de la ciudadanía por una Ley Secundaria que garantice cabalmente el ejercicio de los derechos de libre expresión, comunicación e información, y convocamos a las organizaciones democráticas y a la ciudadanía general a estar vigilantes para que la letra de la Ley corresponda a las luchas históricas del pueblo mexicano por una sociedad justa y democrática.
María Eugenia Chávez Fonseca
56724961
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